La Ligua en Cuarentena: ¿qué se puede y no se puede hacer?

El próximo jueves 01 de abril, la comuna de La Ligua entra a Cuarentena.

Este lunes 29 de marzo, el Ministerio de Salud (MINSAL) anunció que todo el territorio comunal de La Ligua retrocede a Fase 1: Cuarentena, en el Plan Paso a Paso a partir de las 05:00 de la mañana del jueves 01 de abril, debido al número de contagios activos de Covid-19.

De acuerdo a lo indicado por el MINSAL, durante esta fase sólo pueden funcionar Centros de Salud y establecimientos de servicio público establecidos, comercio con venta presencial sólo de bienes esenciales, como farmacias, supermercados o lugares donde vendan alimentos. Además de todo tipo de bienes con despacho a domicilio.

El comercio y cualquier local que atienda público, deberá cerrar a las 20 horas y deberán seguir, en todo momento, los protocolos sanitarios establecidos por la Autoridad Sanitaria.

Durante el tiempo de cuarentena quedan prohibidas las clases presenciales en establecimientos de educación escolar y parvularia, el traslado a residencia no habitual y a otras regiones, la realización y participación de reuniones sociales en residencias particulares y en eventos y reuniones de todo tipo, a excepción de funerales.

Asimismo, queda suspendida la atención de público en restaurantes y cafés, el funcionamiento de pubs, discotecas y lugares análogos, gimnasios y establecimientos deportivos abiertos al público y la venta presencial en supermercados de artículos no esenciales como decoración de hogar, electrodomésticos (incluido televisores y videojuegos), línea blanca, juguetería, vestuario, libros y artículos de librería, y artículos deportivos.

En esta fase, también está prohibida la salida de residentes de Establecimientos de Larga Estadía de Adultos Mayores (ELEAM), visitas a Centros SENAME y ELEAM, así como el funcionamiento de Clubes de Adulto Mayores y Centros de día.

Los vecinos y vecinas deberán mantenerse en casa y salir sólo a hacer compras o trámites puntuales y esenciales con un permiso individual de desplazamiento tramitado en www.comisariavirtual.cl. Además, se mantiene vigente el toque de quedapor lo que no se puede salir de casa entre las 22:00 y 05:00 AM del día siguiente, salvo que tengas un salvoconducto por emergencia médica o el fallecimiento de un familiar directo.

Para quienes trabajan en algún servicio esencial que no puede ser realizado de forma remota, deberán portar un permiso de desplazamiento colectivo o un permiso único colectivo junto a una copia del contrato de trabajo o un certificado laboral que señale las funciones que desempeña.

Además, están permitidas las actividades físicas al aire libre (deporte o paseo) todos los días, pero sólo de 07:00 a 08:30 horas de lunes a viernes y de 06:00 a 09:00 horas los fines de semana y festivos, sin necesidad de permiso. Sólo actividades individuales o con personas de la misma residencia, y sin usar auto o transporte público. En este horario no se puede realizar actividades que requieren permiso.

Las personas mayores de 75 años podrán salir a pasear, por 60 minutos, todos los lunes, jueves y sábado, entre las 09:00 y las 11:00 horas o entre las 16:00 y las 18:00 horas.

Finalmente, cada vez que las personas salgan de su hogar junto a la respectiva autorización, deberán usar mascarilla, mantener la distancia física y recordar medidas como lavado de manos o uso de alcohol gel.